Laley de propiedad horizontal establece que la fachada es una parte común del edificio y, como tal, puede ser pintada por los propietarios o la comunidad. Sin embargo, hay que tener en cuenta que se necesita un acuerdo mayoritario en la asamblea de propietarios para llevar a cabo obras en la fachada.

Segúnel artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, los locales están obligados a pagar los gastos de comunidad al igual que cualquier otra finca registral independiente, y que forme parte de la comunidad.Los gastos más habituales suelen ser los de limpieza del portal, luz, agua o mantenimiento del ascensor.Además, “las cantidades

SUSCRIBETE *.-. Pintado de la fachada del piso y artículo 7 de la Ley de Propiedad horizontal: En concreto, el artículo 7 de la ley de propiedad horizontal antes referida dice textualmente lo siguiente: » El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no
1- La obligación de respetar los elementos comunes (artículo 9 de la Ley de propiedad horizontal). Ello comporta la prohibición de realizar obras que los modifiquen sin el acuerdo unánime de la junta. Veánse las sentencias de 22-10-2008 (recurso 245/2003), 15-12-2008 (recurso 861/2004) y 17-2-2010 (recurso 1958/2005). 2.-
Continúadiciendo el Tribunal Supremo que la cubierta del edificio no puede perder su naturaleza de elemento común debido a la función que cumple en el ámbito de la propiedad horizontal, y ello pese a que la terraza situada en la última planta del edificio, se configure como privativa (sentencia 8.06.2012)
Elementoscomunes (propiedad horizontal) Dentro de una comunidad de propietarios, son aquellos espacios que están afectos al uso o utilización de los vecinos y que no qXdQ. 420 35 452 51 164 151 89 375 160

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